NS 22                   EL JUEZ ARBITRO

 

NS 22.1     El Juez arbitro tendrá el control absoluto de la competición. Ella/él instruirá a todos los oficiales.

NS 22.2     Ella/él hará cumplir todas las normas y decisiones de la FINA y decidirá todas aquellas cuestiones relativas al desarrollo actual de la competición y es responsable de la decisión final en cualquier asunto no incluido dentro de las normas.

NS 22.3     El Juez Arbitro comprobará que todos los oficiales necesarios están en sus respectivas posiciones para el desarrollo de la competición. Ella/él puede nombrar sustitutos para cualquier persona que este ausen­te, incapacitada para actuar o considere que es ineficaz. Ella/él puede nombrar los oficiales adicionales que considere necesarios.

NS 22.4     En caso de emergencia el juez arbitro está autorizado para asignar un juez sustituto.

NS 22.5     Ella/él determinará que los competidores están preparados  y dará la señal para el inicio del acompañamiento. Ella/él indicará a los anotadores los competidores a penalizar en el campeonato por infracción de las normas.

NS 22.6     El Juez Arbitro puede intervenir en el campeonato en cualquier ocasión para asegurar que las reglas de la FINA sean cumplidas, y juzgará todas las protestas relativas al campeonato en curso.

NS 22.7     El Juez Arbitro descalificará a cualquier nadador por cualquier violación de las normas que ella/él mismo observe o que se le comunique por otro de los oficiales autorizados.